¿Qué es el mecanismo de la segunda oportunidad y qué finalidad tiene?

La Ley de la Segunda Oportunidad, entre otras cuestiones, aborda lo que ha dado en llamarse el mecanismo de segunda oportunidad que no es otra cosa que la posibilidad de “el perdón de las deudas” a personas físicas, deudoras “de buena fe” que no pueden hacer frente a sus compromisos de pago.

La finalidad de esta ley es permitir que una persona física, a pesar de haber tenido un fracaso económico empresarial o personal, tenga la posibilidad de encarrilar nuevamente su vida sin tener que arrastrar indefinidamente la carga de una deuda que nunca podrá pagar.

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¿Cuáles son los requisitos para acogerse a la Ley de la Segunda Oportunidad?

A) Ser un deudor de buena fe,

B) No haya tramitado un Acuerdo Judicial de Pagos en los últimos 5 años.

C) No estar tramitando un acuerdo de refinanciación con todos los acreedores.

D) No haber sido condenado en sentencia firme por delitos contra la Hacienda Pública, Seguridad Social, Derecho y Libertad de los trabajadores, en los diez años anteriores.

E) Demostrar haber intentado llegar a un acuerdo con los acreedores (normalmente bancos) y que no ha sido posible pagar por la situación económica actual del deudor.

F) Que el total de las deudas no superen los 5.000.000 euros.

¿Quedaré libre de deudas?

Tras todo el proceso, el juez declarará extinguidas las deudas, con excepción de parte de las de derecho público

¿Qué debo hacer para acogerme a la ley de la segunda oportunidad?

La tramitación para conseguir el perdón de las deudas pasa por tres fases

ACUERDO EXTRAJUDICIAL DE PAGOS
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CONCURSO DE ACREEDORES
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EXONERACIÓN DEL PASIVO INSATISFECHO
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CASOS DE ÉXITO

Sr. M.C.M.C

Trabajador por cuenta ajena que avaló las deudas de un amigo , el cual no pudo pagar :

PERDONADO TODO: 151.146,09 €

Sra. R.R.S.

Pensionista a la que se le genero a lo largo de los años una deuda por acumulación de tarjetas de crédito

PERDONADO TODO : 38.740,35 €

Sr. P.L.A.

Trabajador por cuenta ajena que avaló las deudas de su empresa, la cual cerró, acabando debiendo las deudas avaladas

PERDONADO TODO  : 648.640,63 €

Sr. J.V.H.

Autónomo que ganaba menos que los gastos para desarrollar la actividad, lo que produjo que se endeudara para poder sobrevivir.

PERDONADO TODO :63.028,18 €

Sr. J.G.G.

Autónomo que fracasó su proyecto de empresa de páginas web , arrastrando de por vida una deuda imposible de pagar.

PERDONADO TODO : 295.575,45 €

Sr. A.N.D.

Administrador de una empresa que avaló las deudas de la misma, y tras el cierre, se vió obligado al pago de las deudas sociales más las personales para alimentar a sus hijos

PERDONADO TODO  : 143.228,78 €

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