La pandemia provocada por el virus COVID-19 ha causado graves daños en todo el mundo. España ha sido siempre uno de los países más afectados de Europa. Este estado de alerta ha provocado varias etapas de cuarentena general, que se han detenido en los últimos meses, con el objetivo de que las personas vuelvan a la normalidad siguiendo varios protocolos de seguridad.
Cuarentena y baja laboral: ¿lo mismo que un accidente laboral?
Desde el de marzo de 2020, una baja médica por covid-19 tiene la misma consideración que un accidente laboral. Debido a ello, la prestación de baja laboral por coronavirus es del 75% de la base reguladora y, además, se empieza a abonar desde el día siguiente a su tramitación.
El aislamiento o cuarentena es una situación de baja laboral diferente “de las bajas normales”. Se tiene derecho a la baja médica en cuanto te ordenen el aislamiento o cuarentena. Da igual que seas positivo asintomático o te hayan ordenado la cuarentena por haber tenido contacto con un caso positivo, pero tú hayas dado negativo.
Cálculo de la cuantía que percibe el trabajador
Otra diferencia importante, es que es una baja por contingencias comunes, pero que se cobra de la SS como si fuera por enfermedad profesional, es decir, se cobra el 75% desde el primer hasta el último día de la baja. En este proceso de baja laboral, no intervienen las mutuas. Tanto la baja como el alta la da el médico de cabecera, no la mutua. La fecha de efectos es la de la orden de cuarentena, aunque tu médico puede emitir el parte de baja después. A la empresa le tienes que entregar la copia de los partes de la forma habitual.
Duración de las bajas laborales por coronavirus
Al igual que ocurre con otras enfermedades, es el médico el que establecerá su duración (dependiendo de los síntomas y secuelas de la enfermedad). Su duración mínima es de 14 días.